A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Fundacion Hospital Infantil Universitario De San Jose·Respondent Departamento Del Quindio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios de salud
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Armenia.
Se presenta la controversia entre los Despachos por demanda ejecutiva instaurada por la Fundación Hospital Infantil Universitario de San José, Superintendencia Nacional de Salud, en contra del Departamento del Quindío, con el propósito de que se reconozca y ordene el pago de valores por concepto del recobro por servicios de salud no POS (hoy PBS), en atención de urgencias, prestados a un usuario por causa de un accidente de tránsito, sobre los que la demandada impuso glosas, se opuso al pago de la obligación y realizó la devolución de la cuenta.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena tiene en cuenta lo dispuesto en Auto 788 de 2021 y 177 de 2023, para resolver que la jurisdicción ordinaria es la competente para conocer el caso que suscita el conflicto, por cuanto a través de una demanda ejecutiva se pretende, entre otras, que se ordene el el pago de valore con ocasión de la prestación de servicios de salud No POS (hoy PBS) por parte de la demandante y adicionalmente, porque dicha prestación no se derivó de la existencia de una relación contractual entre las partes y en tales términos, la Sala Plena concluye que la autoridad judicial competente para conocer la demanda es la Superintendencia Nacional de Salud, de conformidad con la cláusula general de competencia dispuesta en el artículo 12 de la Ley 270 de 1996.
En consecuencia, decide remitir el expediente a Superintendencia Nacional de Salud, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Armenia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado
- Séptimo. Administrativo del Circuito de Armenia en el sentido de DECLARAR que la Superintendencia Nacional de Salud es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva presentada por la Fundación Hospital Infantil Universitario de San José en contra del Departamento del Quindío.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4697 a la Superintendencia Nacional de Salud, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Séptimo. Administrativo del Circuito de Armenia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.